Cada vez más escuchamos sobre la importancia de implementar políticas de inclusión en las organizaciones no solo para mejorar su productividad y rentabilidad, sino para garantizar plenamente los derechos de todas las personas, aprovechar y retener el talento. Las políticas de inclusión muchas veces empiezan por enfocarse en las mujeres porque es la desigualdad más notable. Las mujeres son un poco más de la mitad de la población y están sub-representadas en los espacios de toma de decisión. Por eso, abordar la desigualdad de género es prioritario para lograr avances sustantivos en materia de inclusión.
Ahora bien, al hablar de este tema, muchas personas utilizan conceptos inexactos o, de hecho, erróneos. Muchas personas utilizan, por ejemplo, el término de “equidad” cuando en realidad debe usarse igualdad. En este artículo te explicamos por qué.
La igualdad, que es el término correcto que debemos utilizar cuando hablamos de derechos y oportunidades, es la valoración de las diferencias existentes entre las personas y que garantiza que dichas diferencias no generen desigualdades en el acceso a recursos, oportunidades ni derechos. Esto significa que:
- la igualdad valora como positivo las diferencias que existen entre las personas (creencias, identidad sexo-genérica, etnia, edad, etc.) pues son relevantes para una sociedad plural;
- la igualdad exige que con base en las diferencias de las personas no se generen desigualdades; es decir, la igualdad significa que no porque alguien sea mujer, lesbiana, racializada, por ejemplo, tenga un acceso menor a oportunidades.
- la igualdad no implica un trato idéntico entre las personas (y es quizá el punto que más confusión genera); la igualdad no significa tratar a todo el mundo igual. Al contrario, la igualdad ve las diferencias entre las personas y determina si estas han jugado un papel en el acceso a oportunidades, y prevé un trato diferenciado para igualar el acceso a oportunidades y recursos.
La equidad, por otro lado, no es un derecho humano -como sí lo es la igualdad- sino un criterio de distribución de justicia y, dependiendo de la teoría de justicia que se adopte (hay muchas), algo puede o no, ser equitativo. La equidad no tiene un parámetro como sí lo tiene la igualdad.
De hecho, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) desde hace casi 20 años ha instado en todos sus órganos a los Estados y a las empresas que utilicen el término igualdad y no el de equidad. Como ejemplo de ello, en las Observaciones finales que le hizo a México el Comité de la CEDAW (la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, por sus siglas en inglés) en 2006, le señaló explícitamente: “El Comité pide al Estado Parte que tome nota de que los términos “equidad” e “igualdad” transmiten mensajes distintos, y su uso simultáneo puede dar lugar a una confusión conceptual. La Convención tiene por objeto eliminar la discriminación contra la mujer y asegurar la igualdad de hecho y de derecho (en la forma y el fondo) entre mujeres y hombres. El Comité recomienda al Estado Parte que en sus planes y programas utilice sistemáticamente el término “igualdad”.
Las empresas tienen un papel fundamental en el avance de los derechos, específicamente en el de la igualdad sustantiva. Garantizar que las personas aporten sus talentos en el marco de su diversidad beneficia a las organizaciones y, en su conjunto, a las sociedades pues se vuelven así más prósperas y sostenibles.
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